“A tomar medidas contra la irresponsabilidad colectiva”

El abogado de la Escuela de Derecho, Israel Santiago, lanza una mirada legal a la posible vacunación obligatoria en la Isla.

 

La pandemia provocada por el COVID-19 parece ser la pesadilla que nunca termina.  Tan pronto se avanza hacia una “nueva normalidad”, surge una variante del virus y se retrocede en lo adelantado. Con mucha razón, la mayoría de nuestros conciudadanos se sienten exhaustos y angustiados.  

“Lo ideal sería que cada persona ejerciera su responsabilidad de forma voluntaria e individual y se vacunara.  Pero ante la irresponsabilidad colectiva, el gobierno está no solo llamado, sino compelido a actuar”, dijo el también director del Instituto de Doctrina Social de la Iglesia, licenciado Israel Santiago.

Dentro de todo lo ocurrido, hay una herramienta que ha demostrado ser eficaz contra la pandemia: la vacunación.  Aun ante las nuevas y agresivas cepas del virus, las vacunas demuestran proveer una buena protección, al menos en cuanto al cuadro más grave de la enfermedad. Pero nos enfrentamos a una pandemia aún más severa, la de la desinformación y falta de deber cívico de una buena parte de nuestra sociedad.  Son aquellos que, teniendo las vacunas disponibles y libres de costo, encuentran alguna excusa para no vacunarse y continúan afectando la salud de los demás.

El Gobierno de Puerto Rico ha planteado recientemente la posibilidad de hacer compulsorias las vacunas contra el COVID-19 para toda la población hábil.  No han faltado los cuestionamientos en torno a esa decisión.  El propio gobierno ha dicho que se requiere un análisis legal.  Desde mi punto de vista, no es mucho el análisis que habría que realizar.

Desde 1905, en el caso de Jacobson v. Massachusetts – 197 US 11, el Tribunal Supremo de EE.UU.  reconoció el poder de los estados (y gobiernos locales) a establecer directrices de vacunación compulsoria cuando la salud pública se viera amenazada.  Este proceder está avalado por el llamado poder de razón del estado (police power) que les permite a los gobiernos estatales y locales legislar o tomar medidas para garantizar la salud, la seguridad y el bienestar público.  En una nota al calce del caso Hernández Lozada v. Tirado Flecha- 177 DPR 893, el Tribunal Supremo de Puerto Rico reconoció como vinculante la doctrina de Jacobson.  

Claro que ese poder no se puede ejercer de manera arbitraria.  El propio Tribunal reconoció que se requiere justificación para la medida y quizás tomar excepciones en algunos casos. Algunas de estas excepciones podrían ser personas que, por condiciones previas de salud certificadas por un facultativo médico, les resultara peligroso vacunarse. La situación actual justifica ese proceder.

Estamos en un estado de emergencia creado por una pandemia declarada por los organismos internacionales competentes.  Además, los marcadores científicos manejados por científicos, académicos y el propio gobierno demuestran que hay un repunte de casos ocasionado por una variante agresiva del virus que puede ser atajada por un proceso de vacunación robusto.  El secretario del Departamento de Salud de Puerto Rico tiene poderes amplios otorgados por la ley para el manejo de crisis de salud pública como esta.  No hay excusas para no actuar.

Lo ideal sería que cada persona ejerciera su responsabilidad de forma voluntaria e individual y se vacunara.  Pero ante la irresponsabilidad colectiva, el gobierno está no solo llamado, sino compelido a actuar.  Esperemos que la sensatez prevalezca y todos actuemos según lo requieren los tiempos.

 

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