Una visión multidisciplinaria del aborto

Panelistas discuten el derecho humano a la vida desde la perspectiva de las ciencias naturales, la filosofía antropológica y el derecho.

 

 

El conversatorio Derecho humano a la vida: asunto de vida o muerte contó con la participación de la Dra. Alma Santiago, decana del Colegio de Ciencias; el Dr. Ramón Guzmán, catedrático de la Escuela de Derecho; y el Dr. Giuseppe Zaffaroni, catedrático del Departamento de Teología y Filosofía.

Analizar la vida desde la visión de las ciencias, la filosofía y el derecho fue el marco de discusión para el conversatorio Derecho humano a la vida: asunto de vida o muerte presentado por el Instituto de Matrimonio y Familia de la PUCPR. Este evento contó con la participación de la Dra. Alma Santiago, decana del Colegio de Ciencias; el Dr. Ramón Guzmán, catedrático de la Escuela de Derecho y el Dr. Giuseppe Zaffaroni, catedrático del Departamento de Teología y Filosofía.

“Ante la realidad secular de la sociedad, y desde la perspectiva de nuestra misión de celebrar y promover la vida, la dignidad humana y educar según los valores del Evangelio, es necesario abordar el Proyecto del Senado de Puerto Rico 693, ´Ley para la Protección del Concebido en su Gestacional de Viabilidad´, desde varias disciplinas. En este encuentro presentamos las visiones de este tema desde las perspectivas de las ciencias naturales, la filosofía antropológica y el derecho” explicó el Dr. Jorge Macías de Céspedes, director del Instituto de Matrimonio y Familia y catedrático auxiliar de la Facultad de Teología de la PUCPR.

El análisis desde la visión de la filosofía estuvo a cargo del Dr. Giuseppe Zaffaroni quien enfatizó que la propuesta de Ley del Senado 693 impulsa la marginación y el descarte de los más débiles.  “Tomamos por ejemplo el tema de los ´derechos de la mujer´. Para algunos, el derecho de la mujer que se encuentra frente a un embarazo imprevisto o indeseado se reduce al derecho al aborto. La única responsabilidad social parece ser la de reconocer a la mujer la libertad de deshacerse de su hijo. ¿De verdad es esto lo que desea o necesita una mujer en esa circunstancia? ¿Es esta la sociedad que queremos? ¿Una sociedad que desatienda los problemas y las dificultades de la mujer y la deje sola y abandonada a su suerte? ¿Una sociedad hecha de individuos aislados en continua competencia y lucha para afirmarse a costa también de la vida o del bienestar de los demás? Ha sido estudiado desde hace años el nexo existente entre mentalidad abortista (y que impulsa también eutanasia y suicidio asistido) y liberalismo económico; como en economía se pide que el estado no intervenga en el libre juego del mercado, así no intervenga en las decisiones personales acerca de la vida propia y del propio cuerpo; no importa que el libre juego del mercado y las decisiones sobre el propio cuerpo estén creando continuamente marginación, explotación y descarte de los más débiles” explicó Zaffaroni.

Por su parte, el Dr. Ramón Guzmán sostuvo “Aunque muchas veces no lo parezca, el derecho es una ciencia y los profesionales del derecho o los operadores jurídicos practican, a veces con acierto y otras veces con desatino,  los métodos propios de su ciencia. Un ejemplo relacionado es el tema de nuestro conversatorio. El título de nuestro encuentro es Derecho humano a la vida: asunto de vida o muerte. Sin embargo, por el tema de la vida no es que andan los tiros cuando se trata del tratamiento jurídico del tema. Se va buscando certidumbre. Eso es lo que preocupa a las instancias judiciales cuando le plantean el tema; no si se respeta un derecho a la vida, sino cómo se afecta la intimidad de la madre y los posibles riesgos de su salud física y emocional. Ciertamente, buscar la certidumbre por la vía de intimidad, que es menos problemática que la vida”.

“De acuerdo con la ciencia, la vida comienza con la fecundación de un óvulo por un espermatozoide. A pocas horas de la fecundación comienza una compleja serie de eventos necesarios para que dos células, que se unieron, se diferencien en decenas de tipos de células. Desde el punto del derecho, el Proyecto cumple con el estándar constitucional establecido por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos para reglamentar el aborto. En el caso de Roe v. Wade, 410 US 113, se reconoció el derecho de la mujer a practicarse un aborto que no puede ser restringido por el Estado, salvo la existencia de un interés apremiante que supere el derecho de la mujer a terminarlo. No obstante, en ese mismo caso se reconoció, como un interés apremiante, la protección de la vida del no nacido, cuando la misma sea viable a partir del tercer trimestre del embarazo” añadió Macías.

“No hay duda de que el valor y la dignidad de la vida humana se deben proteger y respetar desde la concepción hasta la muerte natural. Incluso, la dignidad y el derecho humano de la mujer deben ser respetados y custodiados: tanto su salud física, como la emocional. Al enfrentar un embarazo inesperado, por diversas razones, muchas toman la difícil decisión de un aborto. Llegan a ser víctimas de la violencia contra la mujer presionadas por circunstancias adversas o porque su pareja se desentiende de su responsabilidad de padre, y esto puede llevar a secuelas psicológicas no deseadas” concluyó Macías.

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