Un inmenso acto de amor que trasciende límites

La adopción: un vínculo para toda la vida.

Ser bendecido con la paternidad es un regalo divino. Pero, ¿qué sucede cuando, debido a razones naturales, se les imposibilita lograr convertirse en padres y procrear una familia? Muchos optan por adoptar. Sin embargo, el proceso regulado por el Estado, suele ser un asunto delicado y minuciosamente investigado. La experta en el tema de familia y profesora de la Escuela de Derecho de la PUCPR, Lic. Edna Santiago, sostuvo que el proceso de adopción conlleva el privar a lo padres biológicos de la patria potestad que tienen sobre sus hijos. Se hace una investigación muy cuidadosa de la pareja que desee adoptar a estos niños. “En este caso se solicita que los padres estén capacitados, se indaga su situación socioeconómica, sus condiciones morales y su compromiso y responsabilidad. Se desarrolla una investigación social antes de viabilizar la adopción”, aseveró.

La Licenciada aclaró que en Puerto Rico, la adopción jurídicamente plena, representa que quien adopta, convierte a ese niño en su hijo. Está comprometido con cuidarlo, protegerlo, atender sus necesidades especiales, hacerlo partícipe de su herencia, y todos los beneficios que correspondan a un hijo.

La letrada explicó además que,con las enmiendas de 1995, el Estado limita la adopción a los menores de edad. “Los que han cumplido la mayoría de edad ya no los cobija la Ley. Muchas adopciones se enfocan en los infantes, especialmente en los que no han cumplido 5 años. ”.

Este es, precisamente, el lado difícil de la adopción. Edna Santiago detalló que muchas parejas no desean adoptar niños mayores de 5 años. “A medida que el niño vaya cumpliendo años sus probabilidades de ser adoptado se van limitando. La gran mayoría de las personas quieren adoptar un infante para participar en todo el proceso de su crianza. Cuando tenemos niños que fueron removidos del hogar biológico y que han pasado por varios hogares temporeros, vemos que estos niños han sido marcados por una vida difícil”, dijo.

Asimismo, en Puerto Rico se practican diversas modalidades de adopción para darles oportunidades a tantos niños que necesitan el calor de una familia. Santiago aseguró que la Ley de Adopción se enmendó e incluye la opción de un convenio para aquellas mujeres que estén embarazadas y no deseen criar a su bebé. Esto se conoce como “adopciones de feto”. “Ocurren muchos casos en los que una mujer embarazada, por alguna razón no desea tener un hijo y los padres adoptivos acuerdan con ella la adopción del menor. De esta forma, se pacta que cuando llegue al mundo, el niño pasará a convertirse en hijo legal de la pareja adoptante”, anunció.

La madre biológica, de acuerdo con la abogada, tiene un plazo de 7 días para arrepentirse en caso de que no quiera dar a su criatura en adopción. “Todo esto tiene una gran carga emocional porque lo ideal es que los niños sean procreados responsablemente y amados por su familia biológica. Esta modalidad, nueva en Puerto Rico, va dirigida a evitar que esa mujer tenga como alternativa el aborto o el maltrato.

Basada en su experiencia, la licenciada Edna Santiago aclaró que “tenemos familias a quienes se les priva de la patria potestad de hasta 5 niños y tenemos un grupo de hermanos cuyas opciones de ser adoptados son distintas por la diferencia de edades”. Añadió que en ese proceso, se deben romper todos los vínculos con la familia biológica, como lo es la de sus hermanos.

Culminó diciendo que se debe promover el adoptar a niños mayores de 5 años que tanto necesitan del amor de una familia.

 

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